
Revés para Cristina Kirchner y sus hijos: la Cámara de Casación confirmó el decomiso de sus bienes
Los jueces rechazaron un recurso para que la Corte Suprema revise esa decisión; aún la expresidenta puede acudir directamente al máximo tribunal
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La Cámara Federal de Casación confirmó definitivamente la ejecución de bienes de la expresidenta Cristina Kirchner y sus hijos Máximo y Florencia en la causa en la que la exmandataria está presa cumpliendo una condena de seis años de prisión por corrupción.
Esto es así porque la Casación rechazó su recurso extraordinario para que la Corte Suprema de Justicia revise la decisión de decomisar sus bienes. Con el recurso rechazado, el fallo de decomiso queda en condiciones de ser ejecutado de inmediato.
Sin embargo, Cristina Kirchner puede aún recurrir a la Corte Suprema de Justicia mediante un recurso directo, de queja, aunque difícilmente prospere. La presentación del recurso de queja no suspende la ejecución de sus bienes.
Además de seis años de prisión, la condena a Cristina Kirchner por la causa Vialidad implica el decomiso de bienes por unos 685 millones de pesos, por los que deben responder solidariamente todos los condenados.
Pero, entre ellos, la única que tiene bienes cuantiosos es Cristina Kirchner y sus hijos, pues los activos de Lázaro Báez fueron rematados en la quiebra de Austral Construcciones y en la otra condena que tiene por lavado de dinero, en la causa de la Ruta del Dinero K.
La decisión de rechazar el recurso extraordinario es de los jueces de la Sala IV de la Cámara de Casación y dejó firme la decisión de avanzar con la ejecución de los bienes.
Los magistrados Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña rechazaron por mayoría los recursos presentados por las defensas de Cristina Kirchner, Lázaro Báez y por el apoderado de Máximo Kirchner y Florencia Kirchner contra la sentencia que había confirmado la ejecución de bienes para hacer efectivo el decomiso en la causa Vialidad.
En el caso del recurso extraordinario presentado por Cristina Kirchner, los tres integrantes de la Sala coincidieron en declararlo inadmisible.
En su voto, Hornos sostuvo que los recursos no demostraban la existencia de una cuestión federal suficiente que habilitara la intervención de la Corte Suprema.
Señaló que los agravios planteados por las defensas remitían principalmente a cuestiones de derecho común vinculadas con la interpretación del art. 23 del Código Penal y con las reglas aplicables al decomiso, materias que, como regla, no habilitan la instancia extraordinaria.
También afirmó que la sentencia cuestionada había dado una respuesta “extensa, fundada y razonada” a los planteos formulados por las defensas y que las impugnaciones solo reflejaban discrepancias con el criterio adoptado sobre el alcance del decomiso y el estándar probatorio aplicable.
Hornos reiteró además el fundamento general del decomiso en casos de corrupción, al señalar que “el delito no constituye un título legítimo para generar riqueza jurídicamente reconocida” y que el instituto busca impedir que el ilícito produzca beneficios económicos permanentes.
Por su parte, el juez Diego Barroetaveña adhirió al voto de Hornos. Consideró que los agravios de las defensas se limitaban a expresar desacuerdos con lo decidido y que no planteaban una controversia federal concreta sobre el alcance de normas constitucionales. También entendió que no se verificaban supuestos de arbitrariedad que justificaran la apertura de la instancia extraordinaria ante la Corte Suprema.
El juez Mariano Borinsky coincidió en declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por Cristina Kirchner. Sin embargo, mantuvo una posición parcialmente distinta respecto de los recursos presentados por Lázaro Báez y por el apoderado de Máximo y Florencia Kirchner.
Borinsky consideró que debía concederse parcialmente la instancia extraordinaria respecto de determinados bienes alcanzados por el decomiso.
En particular, sostuvo que existían cuestiones federales suficientes en relación con algunos inmuebles de sociedades vinculadas a Báez y respecto de los departamentos ubicados en Mitre 535 y los lotes correspondientes al complejo Los Sauces, vinculados a Máximo y Florencia Kirchner.
Según explicó, esos bienes habrían sido adquiridos antes del 23 de abril de 2004, que fue la fecha tomada por el tribunal como referencia temporal para evaluar bienes susceptibles de decomiso.
Además, dijo que la sentencia de mayoría no habría tratado de manera suficiente el impacto que esa circunstancia podía tener sobre la procedencia de la medida.
Borinsky entendió que, en esos puntos específicos, los planteos vinculados con el principio de legalidad y el derecho de propiedad justificaban habilitar parcialmente la revisión extraordinaria ante la Corte Suprema.
Luego de que la Cámara Federal de Casación Penal dejó firme la sentencia que ordena concretar el recupero de los 685.000 millones de pesos, el tribunal oral que impuso las condenas le mandó un oficio a la Corte Suprema de Justicia para avanzar con el asunto.
Quiere saber si, en función de las normas vigentes, alguno de los 111 inmuebles a ejecutar es de interés de la propia Corte para su utilidad o del Consejo de la Magistratura.
La comunicación estaba dirigida a la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a cargo de Sergio Romero.
El juez Rodrigo Giménez Uriburu le informó que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había rechazado los recursos de Cristina Kirchner, quien se oponía a que se avanzara sobre sus bienes.
También, las presentaciones de Máximo y Florencia Kirchner para que no se decomisaran los bienes que fueron entregados a ellos por sus padres como adelanto de herencia.
Y el juez Rodríguez Uriburu recordó en ese oficio que el 18 de noviembre del año pasado se dio intervención a esa oficina a cargo de los bienes decomisados para que la Corte Suprema de Justicia decidiera si ella misma se quedaría con alguno de estos 111 bienes identificados en esta primera etapa o si son de interés del Consejo de la Magistratura.
El juez pidió que se resuelva si algún bien “será afectado y asignado, por razones de un mejor servicio de justicia, para su propio uso [por la Corte] o para el del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación”.






