La Justicia consideró “ilegítimo” el despido de un empleado municipal que robaba datos de pacientes para acosarlas
En 2022, el intendente Guillermo Montenegro dictó una resolución donde imponía que el empleado municipal dejara de trabajar, algo que fue ratificado con otro decreto al año siguiente
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Un fallo de la Justicia marplatense consideró que un empleado municipal del distrito de General Pueyrredón fue despedido de manera “ilegítima” tras haber sido acusado de hechos de violencia de género perpetrados contra compañeras y pacientes. Para el magistrado que resolvió en primera instancia, el agente, que trabajaba en un Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS), fue expulsado por un decreto de la autoridad comunal sin suficientes argumentos.
En noviembre de 2022, el intendente Guillermo Montenegro dictó una resolución en la que imponía la cesantía del trabajador, algo que fue ratificado con otro decreto al año siguiente.
La historia de este empleado municipal se había originado en 2021 luego de que una médica y una enfermera de un CAPS acusaran a un compañero que cumplía funciones administrativas de ejercer malos tratos contra ellas. Según consignó el medio local 0223, durante las respectivas actuaciones sumariales internas se habría comprobado que, además, el hombre extraía contactos de la historia clínica de pacientes para comunicarse y acosarlas. También fue denunciado que en ocasiones irrumpía indebidamente en los consultorios mientras eran atendidas adolescentes.

Tras un informe de la Asesoría Confidencial de la Dirección de Políticas de Género, sumado a la intervención de Instrucción Sumarial y Junta de Disciplina, es que el intendente Montenegro decidió cesantear por decreto al empleado.
El agente involucrado se presentó luego ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo para demandar a la Municipalidad y lograr su reincorporación, el pago de salarios caídos con sus adicionales y la reparación de los daños y perjuicios. El hombre consideró entonces que no tuvo oportunidad de ejercer adecuadamente su derecho a la defensa.
Días atrás, un magistrado de Mar del Plata resolvió en primera instancia y, si bien no puso en tela de juicio los elementos de prueba para sostener las acusaciones sobre el empleado, hizo lugar parcialmente a la demanda y declaró ilegítimo el decreto de 2022 y el confirmatorio de 2023, “en cuanto impuso la sanción de cesantía sin la motivación suficiente”.
El juez Simón Isacch ordenó entonces al Municipio que en un plazo de 30 días de quedar firme la decisión y dicte un nuevo acto que determine fundadamente “dentro del razonable marco de discreción” la sanción que estime pertinente en los términos de la ley 14.656.
Para el magistrado, la decisión de expulsar al agente se tomó sin “la fundamentación adecuada”, considerando que para el tipo de infracción constatada se pueden aplicar sanciones que van desde un llamado de atención, apercibimiento, suspensión de hasta 30 días y la propia cesantía. “Queda librado al criterio de la administración la graduación de la sanción, en función de la calificación que ella efectúe respecto de la magnitud o gravedad del hecho. Ahora bien, discrecionalidad no significa —de ningún modo— arbitrariedad”, expuso Isacch.
La resolución judicial no le impide a la comuna de General Pueyrredón insistir en la expulsión del empleado, pero debería mejorar la argumentación de por qué tomó la decisión más extrema que podía tomar.
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